May 7th 2008

Nace el Comité Bioético de España

Ministerio de Sanidad y ConsumoA pesar de que ya hace algún tiempo del tema me ha parecido interesante publicar algo sobre el hecho de que el pasado diciembre el Consejo de Ministros aprobó la creación y composición del Comité Bioético de España.

Este tipo de comités tiene origen en la Declaración de Helsinki en la 18ª Asamblea Nacional de Asociación Médica Mundial, donde se establecía que el “diseño y ejecución de cada procedimiento experimental en seres humanos debe formularse claramente en un protocolo experimental que debe remitirse a un comité independiente designado para su consideración, observaciones y consejo”.

En España, el Comité Bioético de España trae razón de lo dispuesto en los artículos 77 a 81 de la Ley 14/2007, de 3 de julio, de Investigación biomédica, donde se dispone que entre sus funciones se encuentran

1. Emitir informes, propuestas y recomendaciones para los poderes públicos de ámbito estatal y autonómico en asuntos con implicaciones éticas relevantes.

2. Emitir informes, propuestas y recomendaciones sobre materias relacionadas con las implicaciones éticas y sociales de la Biomedicina y Ciencias de la Salud que el Comité considere relevantes.

3. Establecer los principios generales para la elaboración de códigos de buenas prácticas de investigación científica, que serán desarrollados por los Comités de Ética de la Investigación.

4. Representar a España en los foros y organismos supranacionales e internacionales implicados en la Bioética.

5. Elaborar una memoria anual de actividades.

6. Cualesquiera otras que les encomiende la normativa de desarrollo de esta Ley.

Entre las persona que lo componen se encuentra la directora de Tesina del Curso de Experto en Biotecnología y Biomedicina que estoy haciendo durante todo este año, Yolanda Gómez

Yolanda Gómez (1953) es doctora en Derecho, catedrática de Derecho Constitucional en la Universidad Nacional de Educación a Distancia y catedrática Jean Monnet de la Unión Europea. Miembro del Comité Internacional de Bioética de la UNESCO, las líneas de investigación preferentes en las que trabaja son derechos fundamentales en la UE; igualdad y biomedicina, biotecnología y derecho.

A continuación os dejo el listado de todos los miembros

No Comments yet »

May 6th 2008

SELECCIÓN DE ABOGADOS EN X-NOVO

X-Novo LogotipoEste es mi blog personal e intento no mezclar mi puesto en X-Novo con lo que escribo con él, pero creo que la ocasión lo merece y así veo el efecto que puede llegar a tener un post de este tipo.

X-Novo en el último año está creciendo de forma imparable y ello requiere de un aumento del personal que lo compone. Entre todas las empresas que componen el Grupo Sherpa, en el que se integra X-Novo, ya somos más de 23 personas, entre los que se encuentran abogados, analistas programadores, programadores, diseñadores, periodistas, expertos en márketing online y SEO, economistas…en fin, un sin fin de especialistas…

Concretamente, en X-Novo estamos buscando:

  • Un abogado con cierta experiencia en el sector del Derecho y las Nuevas Tecnologías de la Información. Podéis ver la oferta en estas web.
  • Varios Becarios Licenciados en Derecho y a poder ser con especialización en Nuevas Tecnologías, Propiedad Intelectual e Industrial, Protección de Datos, Seguridad de la Información.

En relación a los puestos de Becarios he de deciros que todas las personas que hay trabajando en X-Novo comenzaron siendo becarios del despacho a través de los programas de prácticas de los Máster que estaban realizando en ese momento y bueno, todos se han quedado y es completamente verídico que quien entra en X-Novo, aunque su carrera profesional siga en otros despachos o sectores, acaban manteniendo un contacto constante con nosotros.

No es sencillo encontrar abogados con la especialización que tenemos en X-Novo, pero si algo os puedo decir, algo que se valora en X-Novo son dos características personales esenciales (primando por encima incluso de la formación o la experiencia), éstas son:

  • Gente TRABAJADORA
  • Gente con PASIÓN

O lo que es lo mismo….. GENTE TRABAJADORA CON PASIÓN, a los que no les den miedo los retos y tengan un afán de superación constante.

Cualquier tema, podéis escribirme y os solventaremos todas las dudas.

No Comments yet »

May 5th 2008

Adwords y la Defensa de Marcas

Logo AdwordsLlevo tiempo queriendo escribir una entrada respecto a Google y su sistema publicitario Adwords. Considero que la falta de regulación respecto a la defensa de marcas en su sistema publicitario es manifiesta.

El tema es el siguiente: Como sabéis, Google vive básicamente de los clicks que hace la gente sobre los links publicitarios que aparecen en la parte derecha y superior de la web y que redirigen a las páginas web de las empresas patrocinadas.

Google, que no es tonto, se dio cuenta nada más empezar que mediante ese sistema de publicidad las ganancias eran seguras. Cobramos por clicks, por lo que le negocio es redondo, independientemente de los ya famosos casos de “estafa” por los click falsos.

Ahora vamos a otro tema, el de las marcas en sus sistema publicitario.

Desde hace tiempo en el despacho venimos defendiendo los derechos de marca de los clientes que así lo solicitan.

Desde el punto de vista jurídico el caso parece claro, por un lado tenemos la Ley 17/2001, de 7 de diciembre, de Marcas y su artículo art. 34.3 en el que establece que:

El titular de la marca registrada podrá prohibir que los terceros, sin su consentimiento, utilicen en el tráfico económico:

1. Cualquier signo idéntico a la marca para productos o servicios idénticos a aquéllos para los que la marca esté registrada.

2. Cualquier signo que por ser idéntico o semejante a la marca y por ser idénticos o similares los productos o servicios implique un riesgo de confusión del público; el riesgo de confusión incluye el riesgo de asociación entre el signo y la marca.

3. Cualquier signo idéntico o semejante para productos o servicios que no sean similares a aquéllos para los que esté registrada la marca, cuando ésta sea notoria o renombrada en España y con la utilización del signo realizada sin justa causa se pueda indicar una conexión entre dichos bienes o servicios y el titular de la marca o, en general, cuando ese uso pueda implicar un aprovechamiento indebido o un menoscabo del carácter distintivo o de la notoriedad o renombre de dicha marca registrada.

Cuando se cumplan las condiciones enumeradas en el apartado anterior podrá prohibirse, en especial: Usar el signo en redes de comunicación telemáticas y como nombre de dominio.

Esto a su vez hace contravenir igualmente determinados preceptos de la normativa de compentecia desleal, siempre claro está, que la empresa que lo use sea de la competencia y lo haga para lograr una ganancia ella misma.

Mi especialidad, la verdad sea dicha, no es del Derecho de Marcas e intento andar con mucha cautela siempre en lo que digo, por lo que antes de escribir esto me he curado en saludo de hablar con el departamento jurídico de la Oficina Española de Patentes y Marcas. (OEPM)

Ellos me han confirmado el “Oídos sordos de Google” a las peticiones de los usuarios que disponen de una marca registrada, “Denominativa con Gráfico” que ven como las empresas de la competencia pueden seguir usando su nombre para posicionarse en Google y para obtener visitas, sin que Google haga nada para evitarlo a pesar de mostrar buenas intenciones.

Pero qué sentido tiene hacer esta plataforma tan sencilla y amena, y después tener errores de base de como este y no lo digo yo, lo dice el Asesor Jurídico de la OEPM. Una “MARCA DENOMINATIVA CON GRÁFICO” su propio nombre lo indica, se compone de un nombre, y de un gráfico, lo que no implica que para poder reclamar la protección o derechos sobre dicha marca, concretamente sobre el texto de esa marca, deba tener registrada la marca simplemente como DENOMINATIVA, sino que se encuentran protegidos tanto el texto, como las formas, colores o características concretas del logotipo que conforme la parte gráfica.

Pues bien, Google amparándose en que Adwords posiciona texto y no imágenes rehusa de proteger las marcas de sus anunciantes. LO NIEGA EN ROTUNDO alegando esto:

“Lamentablemente, no podemos procesar su petición de las marcas comerciales X en estos momentos porque estas marcas incorporan un diseño o un formato como elemento. Nuestro sistema de publicidad se basa en textos. Como consecuencia, no procesamos petición para marcas registradas que incorporan elementos de diseño o de formato.”

Y cuál es la solución entonces, pues como ya me imaginaba, si no se consigue que la empresa en cuestión desde su panel de control de adwords retire el término de búsqueda, pues dos soluciones posibles quedan:

a. Registrar una marca igualita pero sólo denominativa, para complacer a Goggle y su sistema de “protección de marcas” tan perfecto.

b. Plantar una demanda a la empresa en cuestión, conjunta y solidariamente con Google, por entender que se le han dado fundamentos suficientes de lo que estaba pasando y no han hecho ni el más puñetero caso.

Por cierto, una pregunta…
A vosotros os crearía confusión o entenderíais que atenta contra vuestros derechos de marca ver como vuestra competencia directa utiliza vuestro marca para lograr que la gente le compre a ellos en lugar de a vosotros…??

No se a mi esto me parece más que claro, pero como es imposible que desde Google España te den un teléfono para llamar a los de Adwords, que están en Irlanda, sólo por mail y enciman haciendo copy pasteo del malo en sus contestaciones.

No Comments yet »

April 23rd 2008

I Jornada del Día Mundial de la Propiedad Intelectual

Jornadas del Día Mundial de la Propiedad IntelectualCon motivo del día Mundial de la Propiedad Intelectual el sábado 26 de abril, no hemos podido estarnos quietos y de nuevo hemos vuelto a montar un otro “sarao”.

Desde X-Novo Legal & Web Solutions y Miserachs Abogados, surgió hace algo menos de mes y medio la posibilidad de organizar unas jornadas conmemorativas del Día Mundial de la Propiedad Intelectual, dado que nos dimos cuenta que en España no había nada en relación a ésto.

Para aquellos que no lo sepan el Día Mundial de la Propiedad Intelectual fue creado por Naciones Unidas con la finalidad de que se reconozca y recompense la creatividad de los inventores, inventoras, autores y artistas, así como su contribución para mejorar la sociedad y promover y mantener la diversidad cultural.

Nosotros, junto con el apoyo inestimable de dos de las principales Universidades de España, la Carlos III de Madrid y la Facultat de Ciéncies de la Comunicació Blanquerna de la Universitat Ramon Llull de Barcelona, hemos organizado un evento en el que Derechos de Autor y Sociedad de la Información entran en un debate abierto, sin prejuicios y con una única finalidad, lograr un punto de encuentro y equilibrio entre los Derechos de Autor y las Nuevas Tecnologías de la Información, partiendo del hecho que ninguna de las dos tienen por qué estar contrapuestos, siendo muchos más los puntos de encuentro y los beneficios mutuos que los perjuicios.

Para todos aquellos que queráis asistir, podéis hacerlo en las dos sedes, Madrid y Barcelona, ya que las conferencias serán retransmitidas en tiempo real mediante vídeo conferencia. No obstante, todas las jornadas serán subidas posteriormente al Canal en Youtube de X-Novo.

Hemos creado un foro de debate en un Google Groups, apuntaos, puede ser muy interesante lo que salga de este foro…

Para todos los que queráis más información, no dudéis en visitar www.diapropiedadintelectual.com, donde podréis encontrar todo lo que creo que es necesario, además del Programa de las Jornadas.

No Comments yet »

April 21st 2008

Administración Electrónica

Acabo de leer en el blog de K-Goverment que sale al aíre “Autoritas“.

Después de ver la presentación que han colgado en Youtube y leer en K-Goverment, que se trata de un consultora especializada en asesoría para la innovación y modernización de la Administración Pública.

La idea pinta muy buena, sinceramente y desde luego campo de trabajo tienen y mucho con la aprobación de la reciente Ley 11/2007, de 22 de junio, de acceso electrónico de los ciudadanos a los Servicios Públicos

1 Comment »

April 19th 2008

Entrada en vigor del nuevo Reglamento de Desarrollo de la LOPD

Logo AEPDHoy, día 19 de abril, sábado lluvioso en la mayor parte del territorio nacional, entra en vigor el nuevo Reglamento de Desarrollo de la LOPD, aprobado por el Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de protección de datos de carácter personal.

Desde mi punto de vista esta norma viene a arreglar muchas indeterminaciones jurídicas que tenía el ya derogado Reglamento de medidas de Seguridad, aprobado por el Real Decreto 994/1999, de 11 de junio, del que todos ya sabemos que era previo a la propia norma.

Desde luego, si hay algo principal que hemos de resaltar de este nuevo Reglamento, es el hecho de que “arregla” la incongruencia jurídica con la que hemos tenido que convivir durante más de 8 años, una reglamento de desarrollo, que es previo a la Ley Orgánica desarrollada…así nos a ido, y seguro que muchas de las resoluciones de la AEPD, han sido como son debido a esa incongruencia de base…

Antes de su entrada en vigor ya ha dado mucho que hablar en el sector y fuera de él, pero es ahora cuando sinceramente creo que esto va a comenzar a ser divertido, cuando la Agencia comience a lanzar resoluciones con esta nueva norma.

Por cierto, a ver si después de leer el Reglamento no os da la sensación de que más que un Reglamento es una Ley en toda Regla, pero una Ley que regular e introduce en la Ley nuevos aspectos, que en teoría y al tratarse de derechos fundamentales, conforme a la obligación dispuesta en el art. 81 de la Constitución de 1978, deberían haber sido directamente regulados por Ley Orgánica.

No Comments yet »

April 15th 2008

SSITAD - Comité Técnico de Seguridad de los Sistemas de Información y Tratamiento Automatizado de Datos Personales

Logo del Ministerio de Administraciones PúblicasNo tenía idea de la existencia de este Comité Interno dentro de la Administración Pública, creo que va directamente a mi del.ici.us…

Igualmente, me parece interesantísima la información relacionada con este organismo y en la que podemos encontrar el Índice de contenidos de actualidad en materia de política de seguridad y aplicaciones para el ejercicio de potestates, en la Administración Pública.

¿Qué es SSITAD?

El Comité de Seguridad de los Sistemas de Información y Protección de Datos Personalizados Automatizados (SSITAD) está compuesto por representantes de las Administraciones General del Estado, Autonómica y Local. Fue creado el 15 de Diciembre de 1995 por acuerdo de la Comisión Permanente del Consejo Superior de Informática (en la actualidad Consejo Superior de Administración Electrónica, CSAE). La creación de SSITAD obedeció al desarrollo de sus competencias en materia de protección de los datos informáticos, con el fin de proponer, impulsar, vertebrar y ejecutar políticas y actuaciones en materia de seguridad de los sistemas de información, tanto de medidas técnicas, como de orden administrativo-organizativo y legislativo, en los ámbitos nacional, europeo e internacional. SSITAD desarrolla esta visión, que comprende la seguridad de la información en toda su complejidad, para fundar la confianza de ciudadanos e instituciones en el uso generalizado de la tecnología de la información.
Objetivos de SSITAD

* Definir políticas y directrices comunes de seguridad de los sistemas de información y protección de datos de las Administraciones Públicas. Promover la consideración de la seguridad en los Planes y Proyectos de Sistemas de Información.
* Promover la implantación de las infraestructuras necesarias para garantizar la confianza en el uso de los sistemas de información.
* Promover la adopción de normas internacionales y europeas en materia de seguridad de los sistemas de información.Promover la sensibilización y la formación de directivos, usuarios y profesionales de los Sistemas de Información en los aspectos de seguridad y protección de datos.
* Proporcionar asesoramiento en cuestiones de principio en materia de seguridad y protección de datos.
* Elaborar metodologías para el análisis de la seguridad de los sistemas de información y guías para la contratación de servicios y adquisición de productos.
* Realizar experiencias piloto de interés común para la aplicación de medidas de seguridad y protección de datos en el contexto de los Sistemas de Información.

Promover la difusión de la información sobre seguridad y protección de datos de carácter nacional o internacional, principalmente de la Unión Europea, a través de los medios que se estimen más adecuados.
Organización

Para realizar estos fines, ejerce SSITAD sus funciones en el Pleno y en Grupos Ad hoc creados para desarrollar actuaciones específicas. Cuatro Grupos ad hoc tienen carácter permanente:

* Ad hoc 1.­Protección de Datos Personales.
* Ad hoc 2.­Directrices de Seguridad de los Sistemas de Información.
* Ad hoc 3.­Evaluación y Certificación de la Seguridad de los Sistemas de Información.
* Ad hoc 4.­Utilización de técnicas electrónicas, informáticas y telemáticas en la Administración.

Además de estos grupos permanentes SSITAD realiza una serie de actividades de cooperación con otros organismos nacionales e internacionales.

Para solicitar información adicional puede dirigirse a:

* Secretaría de SSITAD
secretaria.ssitad@map.es

No Comments yet »

April 15th 2008

Publicidad y Protección de Menores

Recientemente he tenido la oportunidad de estudiar la publicidad realizada a través de los nuevos sistemas de televisión online, es decir, de lo que comúnmente se conoce como la IPTV.

Durante el estudio, además de la innumerable legislación existente, encontré un interesantísimo documento publicado por el Ministerio de Industria Turismo y Comercio, con la participación de la SETSI y AUTOCONTROL.

A continuación indico el índice del documento:

CRITERIOS EN MATERIA DE PUBLICIDAD TELEVISIVA Y MENORES

I. Publicidad dirigida a menores.

* La especial protección de los menores como público destinatario de la publicidad.
* La aplicación del principio de veracidad en la publicidad dirigida a menores; en especial, en la publicidad de juguetes.
o Especiales cautelas que deben adoptarse en el diseño de anuncios de juguetes.
o Información adicional sobre las características de los juguetes promocionados.
* Utilización de personajes famosos en la publicidad dirigida a menores.
* Televenta de productos dirigidos a menores de edad.
* La prohibición de la publicidad dirigida a menores susceptible de incitarles a la violencia, a comportamientos antisociales, o que pueda fomentar abusos, negligencias o conductas agresivas.

II. Protección de los menores frente a la publicidad: restricciones horarias o de bloques de programación.
III.- Presencia de menores en la publicidad.

* Aparición de menores en publicidad: normas generales.
* La utilización de la imagen de los menores en la publicidad.
* Aparición de niños en situación de peligro

Podéis descargar el documento desde la siguiente dirección. A ver si en no mucho tiempo puedo dar mis conclusiones sobre el tema.

No Comments yet »

April 14th 2008

La Facturación Electrónica en las Relaciones con la Administración Pública

Hace escasas semanas tuve el gusto de ser invitado por la Asociación de Empresas de Tecnologías de la Información y de la Comunicación de Castilla y León (AETICAL) a participar como ponente en las jornadas Globaltech ´08.

Las jornadas se centraron en el nuevo marco normativo introducido por la Ley 30/2007, de Contratos del Sector Público. Os dejo el link de la convocatoria oficial de AETICAL.

Os dejo la presentación que utilicé para intentar ilustrar de la mejor forma posible todo las novedades introducidas por la Disposición Final Novena de la Ley 30/2007, de Contratos del Sector Público.

No Comments yet »

April 10th 2008

Aspectos del Consumo en el Comercio Electrónico

Hace algún tiempo tuve el gusto de ser invitado por la Federación de Empresarios de la Rioja (FER) a participar como ponente dentro de las jornadas de El Mes del Consumo. Concretamente, me encargué de exponer un tema sobre el a diario tratamos en X-Novo, “Aspectos del Consumo en el Comercio Electrónico

Podéis tener acceso al Tríptico de las Jornadas desde esta dirección. Está en versión PDF.

Os dejo la presentación que utilicé para intentar ilustrar de la mejor forma posible el objeto de la jornada:

No Comments yet »

Next »

  •