Tuenti y Facebook, dos situaciones idénticas, dos jurisdicciones diferentes…o no

Martes, febrero 9, 2010 14:04
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oscargallego.com

Acabo de leer una interesante entrevista de Natalia Martos, Directora del Área Jurídica y Privacidad de Tuenti, en la que se trata algo que ya he comentado en alguna ocasión y un tema  al que suelo hacer referencia siempre que hablo del tema de la seguridad en las redes sociales y “servicios web 2.0.

Se trata de la posición de desventaja absoluta en la que se encuentran nuestras empresas tecnologícas (españolas y europeas) respecto al resto de entidades que operan desde fuera de nuestras fronteras y con domicilio en otros Estados.

En el caso de las Redes Sociales, tenemos dos ejemplos claros de esta situación, Tuenti y Facebook.

Por un lado tenemos a Tuenti, la que desde mi punto de vista, es hoy por hoy la Red Social que opera en España que demuestra un mayor compromiso con el cumplimiento íntegro de la normativa española de Protección de Datos, así como la defensa y protección de todos sus usuarios que a fin de cuenta, son su principal activo, ¿o no? (Ojo, eso no quiere decir que no haya aspectos que a día de hoy no estén cumpliendo íntegramente, pero más bien es por la falta de exitencia de medios técnicos y efectivos para poder cumplir con ello)

Por otro lado Facebook, que como imagino que habréis oído, abre oficina comercial en España. Digamos que Facebook y la protección de datos e incluso la privacidad, no son buenas amigas. Al menos es lo que nos demuestran los últimos movimientos del gigante de California, en la que por defecto dispuso que todas las cuentas de sus usuarios se encontrasen abiertas al público, lo que ha supuesto que a fecha de hoy una gran mayoría de usuarios tengan sus cuentas completamente abiertas, con el riesgo que esto conlleva.

A pesar de prestar exactamente el mismo servicio, de dirigir sus servicios al mismo mercado, de hacer campañas comerciales en el mismo país, de firmar contratos publicitarios y comerciales en el mismo Estado, de tener modelos de negocio muy semejantes y de hacer conferencias en el mismo tipo de eventos y jornadas del sector tecnológicoTuenti se encuentra sometida a la normativa española y a la europea, famosa por sus exigencias en materia de Protección de Datos y Protección de menores, mientras que Facebook, literalmente hace caso omiso ya no a la legislación, sino también a las peticiones y recomendaciones de la Agencia Española de Protección de Datos y a la Comisión Europea, lo que lleva a la absoluta desprotección de sus usuarios, que según las condiciones de registro de Facebook se encuentran sometidos a la legislación y a juzgados y tribunales de California.

Esta falta de uniformidad en la normativa y lo que es peor, esta gran discrepancia de principios básicos para la protección de derechos fundamentales, desde mi punto de vista pueden suponer un desincentivo claro a emprender proyectos de base tecnológica en España… a que empresas como Tuenti, como Tooio, como 11870.com y otras tantas otras, en las que el tratamiento de datos personales son esenciales para el correcto funcionamiento, decidan bajar el cerrojo como sociedades españolas y trasladarse, en tanto no se unifique la normativa y los criterios para medir y hacer efectivo el cumplimiento de la misma, a todos los operadores del mercado (con independencia desde donde operen, siempre que los destinatarios de los servicios sean ciudadanos españoles o europeos)

Hasta donde tengo entendido, la uniformidad regulatoria en los mercados financieros, es más o menos semejante en todos los Estados…si no sería prácticamente imposible operar en los tiempos que corren…por qué no es posible esa uniformidad y ese criterio uniforme en materia de protección de datos y privacidad..? ¿y en materia de propiedad intelectual?

Si la situación continua así, mi pregunta es, ¿cuántos emprendedores y cuántos inversores privados y capitales riesgos van a lanzar sus proyectos desde España y no desde otro Estado cuya normativa sea mucho más permisiva con cuestiones esenciales para el desarrollo de su modelo de negocio?

Por cierto, os recomiendo que sigáis los Twitts que está publicando Jesús Martín respecto a la obligación o no de que Facebook deba cumplir la normativa Europea @hezumartin

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5 Responses to “Tuenti y Facebook, dos situaciones idénticas, dos jurisdicciones diferentes…o no”

  1. Kas says:

    febrero 26th, 2010 at 0:45

    El efecto que comentas, en el Derecho mercantil al menos y hasta donde mi conocimiento alcanza, se llama efecto Delaware. Igualmente es conocido, en la jurisprudencia norteamericana, como “race to the bottom” (http://en.wikipedia.org/wiki/Race_to_the_bottom).

    Tienes razón en lo que comentas. Desde luego que es desalentador ver como tus competidores usan, de forma injustificada y abusiva, cláusulas típicas de forum shopping para rebajar las exigencias legales. En el caso de la privacidad la cuestión es incluso más espinosa pues vivimos en el mundo de la indiscrección, de las intromisiones constantes y del Gran Hermano. Al final acabamos alienados, porque no tenemos una intimidad delimitada, si queremos ejercitar nuestro derecho a la misma, todo son cortapisas y trabas.

    La solución pasa por imponer a Facebook que cumpla la normativa europea y, de no hacerlo, multarla fuertemente e incluso prohibirle prestar servicios en la UE.

  2. admin says:

    febrero 26th, 2010 at 8:01

    Interesante apunto el que comentas respecto al efecto Delawere. No conocía este concepto, al menos con este nombre.Creo que escribiremos algo en el futuro al respecto, ya que no sólo es de aplicación en el ámbito de la privacidad, sino en muchos otras ramas y en muchos otros aspectos del derecho tecnológico.
    Un saludo y gracias por comentar y por tu interés

  3. Kas says:

    marzo 1st, 2010 at 0:02

    Sobre todo es interesante en el ámbito fiscal, que es en el que yo lo he estudiado (por las famosas vacaciones fiscales y la deslocalización en la frontera del País Vasco).

    Por lo que toca a Facebook, según lo que he leído en los últimos días, parece que se pliegan algo más a cumplir nuestro Derecho, subiendo la edad legal para registrarse a 14 años. La diferencia, aunque en el plano teórico sea grande, en la práctica no deja de ser ilusoria. La piedra de toque es el control efectivo de ese límite (como ejemplo, la hermana de mi novia tiene ahora 13 años y posee cuenta en Tuenti desde hace varios años, sin que en todo este tiempo, y pese a que han denunciado varias veces su perfil, se lo hayan eliminado).

    Saludos cordiales.

  4. admin says:

    marzo 1st, 2010 at 8:27

    En efecto, pero realmente consideras que va a ser efectiva la medida de Facebook…sinceramente, ¿qué sentido tiene una medida “autoimpuesta” porque hasta el momento nadie dice que que sea por imposición de un tercero, que no lleva pareja una sanción o un órgano que se encargue de velar por su cumplimiento…?? Me parece algo absolutamente de cara a la galería.
    Respecto a Tuenti, hasta donde he podido comprobar, todas las solicitudes como la que indicas, siempre que se haga correctamente y quien solicita (en caso de ser el padre/tutor) lo haga con la correspondiente acreditación, la baja se hace efectiva en escasos días.
    Si quieres y tenéis interés en cancelar ese perfil, por favor, remiteme un e-mail y lo comentamos.
    Un saludo y gracias.

  5. Kas says:

    marzo 1st, 2010 at 16:11

    Para nada considero que vayan a ser efectivas. Lo que pasa es que la Agencia de protección de datos española ha puesto el cerco sobre las prácticas de Facebook, y también le crea más presión (y seguramente mala prensa) que Tuenti tenga firmado un convenio de colaboración y que cumpla las recomendaciones provenientes de la UE.

    Por otra parte, creo que lo hacen precisamente para eso: para que no venga un tercero, que les imponga, que les sancione. Es un lugar común que todas las compañías de redes sociales defiendan con vigor la autorregulación, por el temor a fuertes multas y el descrédito que suponen (ya se sabe, España es un país de “titulares”, no de contenidos).

    En cuanto al ejemplo que puse, no tengo interés en cancelar ese perfil, porque hace un uso inocuo del mismo. Solo me servía para poner de relieve que, por muchas medidas que adopten, si no controlan su efectivo cumplimiento, todo queda en agua de borrajas.

    Un saludo y muchas gracias por ofrecernos este blog, de forma desinteresada.

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