Presentación de Libro “Claves para una contratación pública electrónica eficaz”

Desde hace más de un año, he estado trabajando de forma muy intensa en el sector de la Licitación y Contratación Pública Electrónica, como vía para lograr la optimización y aumento de eficiencia de nuestro actual sistema de contratación pública.

Durante este camino, recibí de manos de un muy buen amigo dedicado a estos menesteres, el regalo de este libro escrito por D . Jaíme Domínguez – Macaya, experto en contratación pública electrónica, Licenciado en Empresariales y Derecho, Director de patrimonio y contratación, Presidente de la Junta Asesora de Contratación Administrativa y Presidente de la Comisión Central de Contratación del País Vasco en el periodo 1995-2009, el que sin duda es una de las referencias nacionales y europeas en eProcurement o Licitación y Contratación Pública Electrónica.

Me consta que este libro, titulado “Claves para una contratación pública electrónica eficaz”, publicado La Ley y patrocinado por European Vortal Academy (EVA) , supone para Jaime uno gran logro. La Bibliografía sobre esta disciplina en España es realmente escasa y los que nos dedicamos a ello, encontramos numerosas dificultades a la hora de dar con interpretaciones doctrinales y mucho más jurisprudenciales, en relación a la implantación de este nuevo modelo de gestión de la contratación pública.

Hoy, día 12 de septiembre de 2011, a las 19:00 horas se tendrá lugar en la Asociación de la Prensa de Madrid. (Juan Bravo 6, 28006 Madrid), la presentación del citado libro junto a dos expertos en la materia y de los que mucho he aprendido:

  • Dr. Carlos Galán: Director Académico de la European Vortal Academy Spain, Doctor en Informática y Abogado, Vicepresidente de la Comisión de Contratación Electrónica de ANEI, profesor de la asignatura “Derecho de las TIC” en la Universidad Carlos III de Madrid, Socio-director de la Agencia de Tecnología Legal.
  • Alfonso Ruiz de Castañeda: Miembro del Comité Consultivo para los contratos públicos de la Comisión Europea, Miembro del Grupo de trabajo sobre contratación electrónica de la Comisión Europea, Subdirector General Adjunto de la Secretaría de la Junta Consultiva de Contratación Administrativa del Ministerio de Economía y Hacienda.

Todo aquel que desé asistir al evento, podrá hacerlo. Únicamente, debéis poneros en contacto previamente con el departamento de comunicación de EVA en la siguiente dirección de e-mail info arroba vortal punto es o en el 902 02 02 90

Me indican desde la organización del evento que todos los asistentes recibirán, de forma COMPLETAMENTE GRATUITA, un ejemplar del libro de Jaíme (Su valor en el mercado es de 72,12 + IVA)

Curso de Verano “La Administración Electrónica en la Práctica”

Licitación Pública Electrónica y Contratación Pública Electrónica - Alonso Hurtado Bueno - LexTic AbogadosEn los últimos días he tenido bastante lío y no he tenido tiempo para poder publicar al respecto. Mañana tengo el honor de participar como ponente en los Cursos de Verano de la Universidad de Burgos, concretamente en el Curso que lleva por título “La Administración Electrónica en la Práctica”.

El programa es, desde mi punto de vista, bastante adecuado para la consecución del objeto del curso, dado que se entremezclan múltiples aspectos clave para lograr la consecución del fin último, la implantación y la concienciación por parte de todos los agentes implicados, de la necesidad de lograr alcanzar el nuevo modelo de Administración Pública, mediante el uso de Tecnologías de la Información.

Como puede comprobarse, serán tratados desde aspectos puramente tecnológicos, a espectos claramente jurídicos, sin olvidar la parte que más me gusta, aquella en la que las dos partes confluyen entre sí y hay que comenzar a hacer auténticos trabajos de reflexión para lograr encajar todas las piezas.

En mi caso, participaré en la mesa redonda del último día, en la que se abordarán aspectos que desde mi punto de vista son absolutamente esenciales para lograr un modelo de eAdministración competitivo y realmente sostenible, como son: El uso de sistemas SaaS o en modalidad “Cloud Computing”, los temas relacionados con las evidencias electrónicas, el uso de estándares abiertos y por último, la Contratación Administrativa.

  • Durante la ponencia me centraré en los siguientes aspectos
  • Normativa Aplicable a la Contratación Pública Electrónica
  • Requisitos esenciales que deben tenerse en cuenta
  • Principios que deben regir el procedimiento de Contratación Pública
  • Posibilidad de Licitar únicamente a través de medios electrónicos
  • Elementos esenciales llevar a cabo procesos de licitación electrónicos
  • ¿Qué deberíamos exigir a la tecnología que empleemos?

El programa del curso es el siguiente

Martes 5 de Julio

“De la oficina Virtual a la Sede Electrónica”

“Registros, Comunicaciones y Notificaciones Electrónicas en la Ley 11/2007 de Acceso de los Ciudadanos a los Servicios Públicos”

“Redes y Servicios de la Administración Electrónica con infraestructura pública. La “Red SARA”

Experiencia práctica: “El papel de las Diputaciones. La Adaptación de los Ayuntamientos de Burgos a la Ley de Acceso”

Miércoles 6 de Julio

“La Firma Electrónica y Seguridad Jurídica en la Administración Electrónica”

“Autoridades de Certificación y tipos de Certificación Digitales”

“Gestión del documento electrónico. Recuperación, reproducción y conservación de la información electrónica”

Experiencia práctica: “Firma Electrónica, Verificación Inteligente de Documentos y Sellado de Tiempo”

Experiencia práctica: “Envío y Recepción de Notificaciones Telemáticas”

Jueves 7 de Julio

“El Esquema Nacional de Interoperabilidad”

“La sociedad de la información, la seguridad y el Esquema Nacional de Seguridad”

“Protección de Datos Personales en la Ley de Acceso”

Experiencia práctica: “Plataforma de Intermediación de Datos Segura”

Viernes 8 de Julio

Mesa Redonda:

a) “Externalización de servicios informáticos en las Administraciones Públicas (Cloud Computing)”

b) “Investigación del Fraude. Análisis Forense de los Sistemas Informáticos”.

c) “Uso de Estándares abiertos y Software de fuentes abiertas en las Administraciones Públicas”

d) “Contratación Administrativa”

Experiencia práctica: “Modernización Administrativa y adaptación del Ayuntamiento de Arnedo a la Ley de Acceso”

El expediente electrónico en el nuevo modelo de Administración Electrónica

El expediente electrónico en nuestro modelo actual de Administración Pública no es, por mucho que nos cueste aceptarlo, aún una realidad. Poco a poco el modelo va avanzando más hacia la plena digitalización de los procesos, pero en definitiva, si se quieren hacer las cosas como se debe, hay que tomarse su tiempo (pero no mucho…)

La Ley 11/2007, de 22 de junio, de acceso electrónico de los ciudadanos a los Servicios Públicos (LAECSP), lleva publicada desde hace más de un año y aún no hemos visto la publicación del Reglamento de Desarrollo de la Ley. Me consta que desde el Ministerio de Administraciones Públicas (MAP) están trabajando con diferentes expertos en la redacción del mismo, pero sin embargo aún no ha sido publicado, ni siquiera y al menos que no me haya enterado un borrador de la norma.

Existe una cuestión que me preocupa especialmente en cómo se desarrollará. Se trata de el tratamiento que otorga la LAECSP al Documento y los archivos electrónicos, así como al procedimiento relativo a la digitalización de documentos en formato papel.

Si atendemos a los dispuesto en el art.29 y siguientes de la LAECSP, podremos observar como ésta otorga una regulación específica para el expediente electrónico y concretamente para aquellos documentos en formato papel, que a pesar de ello, deben pasar a formar parte del expediente electrónico.

Es en el art.30 de la LAECSP, donde se dispone que:

“1. Las copias realizadas por medios electrónicos de documentos electrónicos emitidos por el propio interesado o por las Administraciones Públicas, manteniéndose o no el formato original, tendrán inmediatamente la consideración de copias auténticas con la eficacia prevista en el artículo 46 de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, siempre que el documento electrónico original se encuentre en poder de la Administración, y que la información de firma electrónica y, en su caso, de sellado de tiempo permitan comprobar la coincidencia con dicho documento.

“3. Las Administraciones Públicas podrán obtener imágenes electrónicas de los documentos privados aportados por los ciudadanos, con su misma validez y eficacia, a través de procesos de digitalización que garanticen su autenticidad, integridad y la conservación del documento imagen, de lo que se dejará constancia. Esta obtención podrá hacerse de forma automatizada, mediante el correspondiente sello electrónico.”

Como muchos sabréis  he participado durante todo el año 2007 y parte del 2008 en varios proyectos relacionados con la la Digitalización Certificada de Facturas y Documentación en formato papel, regulado todo ello en virtud de la Resolución de 24 de octubre de 2007, de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, sobre procedimiento para la homologación de software de digitalización contemplado en la Orden EHA/962/2007, de 10 de abril de 2007.

Si observamos los requisitos que dispone el art.30.3, observamos como para que una copia electrónica de un documento relativo a un expediente electrónico, es necesario que el proceso de digitalización se lleve a cabo garantizando su:

  • Autenticidad.
  • Integridad
  • Conservación del documento imagen.
  • Sellado Electrónico de la copia.

En este sentido, es necesaria y llegaría a decir de imperiosa necesidad que los entes públicos responsables de la implantación de la normativa de Administración Electrónica, procedan al desarrollo reglamentario de estos requisitos, estableciendo claramente cuáles son los requisitos concretos con los que deberá contar el sistema de digitalización certificada de documentos en formato papel, para que la imagen y documento electrónico que se obtenga como resultado sea perfectamente equiparable al documento origen, pudiendo así prescindir de éste.

En este sentido y como hace la Agencia Tributaria para el procedimiento relativo a las facturas, es necesario que los requisitos  que fueron establecidos para este caso concreto, sean trasladados de igual o semejante forma al Reglamento de Desarrollo de la LAECSP.

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